Desde el año 2022, el Ministerio de Justicia a través del Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) ha creado becas para opositores de Judicatura, Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) y Abogados del Estado.
Seguidamente, aporto enlaces sobre las diferentes becas, tanto actuales como las anteriores.
Recuerdo que actualmente se están justificando las becas del año 2023, finaliza a finales de noviembre.
Becas "SERÉ" 2024
Becas 2023
Becas 2022
OBJETO Y FINALIDAD DE LA BECA.
Remover los obstáculos que impidan o dificulten el acceso a los cuerpos jurídicos mencionados. La concesión de la beca viene determinada por el nivel de renta de las personas solicitantes, eliminando las barreras socioeconómicas. Esta beca contribuye a sufragar los gastos ocasionados por la preparación de las oposiciones así como los ingresos dejados de percibir por dicha preparación.
Para el año 2024, se tiene de plazo del 1 al 14 de junio para hacer la solicitud o la renovación.
REQUISITOS.
- No incurrir en incompatibilidades de la Ley de Suvenciones
- No disfrutar de otras ayudas para el mismo fin
- Reunir los requisitos para poder acceder al cuerpo al que se oposita
- No percibir retribución por actividades cuya duración exceda de la media jornada.
- Estudiar la oposición bajo la dirección de un centro especializado o de preparador.*
DURACIÓN Y CUANTIA.
La beca tiene duración de un año, con una cuantia de 8.000€ de un único pago.
*Dividiendo esta cantidad en 12 meses, como si fuera un sueldo, daría 666€ disponibles al mes.
Como recomendación, ante posibles contratiempos que tengan que hacer devolver cantidades (por ejemplo, aprobar o dejar de opositar), recomiendo no exceder ni gastar por adelantado más de esos 660€ aproximadamente de los que se dispone por mes.
RENOVACIÓN DE LA BECA.
La beca podrá ser renovada hasta 3 veces aportando los siguientes documentos:
- Informe de aprovechamiento favorable del preparador sobre el año anterior
- Haber participado en el proceso de selección
- Cuando se trate de la segunda y tercera renovación, haber aprobado el primer ejercicio si se ha convocado al menos dos veces
- Número de expediente de la beca del anterior año
REINTEGRO.
Se reintegrarán las cantidades y cuantía proporcional y desde el momento en el que ya no se cumplen los requisitos por incumplimiento de los requisitos, por renuncia voluntaria, por abandono del estudio y por superar la oposición.
INCOMPATIBILIDAD.
No se podrá disfrutar de esta ayuda con otras para la misma finalidad.
Sí sería compatible con una beca para estudios post-universitarios, ya que tienen finalidades distintas.
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA PRESENTAR LA BECA.
- Titulo de Derecho o resguardo; el plazo máximo para poder aportarlo será en el plazo de subsanación, si al momento de abrise la convocatoria de la beca aún no se han terminado los estudios.
- Documentacion economica de renta familiar en el ejercicio de 2022
- Empadronamiento mediante certificado historico de todos los convivientes en el domicilio a fecha de 31 de diciembre de 2022
- Si corresponde, certificado de superación de exámenes
- Si corresponde, discapacidad, violencia de género o terrorismo.
CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA CONCER LA BECA.
- Menor renta familiar:
Mencionar, que ha subido ligeramente en relación al año 2023.
○ 6 puntos si se está dentro del umbral 1 (desde 9.315€ para un miembro en la unidad familiar hasta 38.190€ para familias de ocho miembros)
○ 4 puntos si se está dentro del umbral 2 (desde 13.898€ para familias de un miembro hasta 52.850€ para familias con ocho miembros)
○ 2 puntos si se está en el umbral 3 (desde 15.567€ para familias con un mimebro hasta 59.199€ para familias con ocho miembros)
- Superación de ejercicios: 1 punto por cada examen superado con un maximo de 2 puntos.
- Situacion acreditada de violencia de género y terrorismo: 1 punto cada uno.
*Se sumarán los puntos que se vayan adquiriendo. En caso de empate, desempata el criterio de menor renta familiar per capita. Si continua el empate, se romperá alfabeticamente. Concurriendo todos los criterios, la puntuación máxima que se puede obtener es de 10 puntos y la mínima, 2 puntos.
DOCUMENTOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA FINALIDAD DE LA BECA.
Los beneficiarios deberán justificar su preparación a través de la presentación trimestral de los siguientes documentos:
- Certificado o declaracion responsable de la persona o centro que dirijan la preparacion de que el beneficiario ha estado preparando la oposición. Aquí lo unico que se solicita es la firma electrónica del preparador y nada más.
- Memoria de actuacion con indiciacion de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Este documento es el que firma el opositor con su firma electronica despues de rellenar de forma sucinta el recuadro disponible para explicar qué se ha hecho y qué se ha conseguido.
Ejemplo: “Se ha terminado la 7º vuelta de Derecho Civil y se ha comenzado con la 5º vuelta de Procesal Penal. Los tiempos de cante se van ajustando poco a poco, se adquiere soltura y se practican test cada dos semanas.” Es un ejemplo inventado pero no hace falta ser demasiado puntillosos, el espacio para escribir es reducido.
- Documentación económica que justifique la actividad de preparación presentando al menos los justificantes de pago a las personas o centros de prepración.
Este extremo ha cambiado en relación a los anteriores años por lo que, a la espera de documento del CEJ que resuelva dudas, queda a la interpretación de cada uno.
Personalmente, creo que ese "al menos" indica obligación de mínimo.
BECAS Y EL IRPF.
La cuantía de esta beca tendrá la consideración de rendimiento de trabajo. Por no superar los límites legales, por sí sola, no será objeto de retención en la declaración de la renta.
Si se superan los 15.000€ anuales, sí será necesario presentar declaración de la renta debido a que existen dos pagadores.
https://www.iberley.es/noticias/dgt-becas-opositores-jueces-fiscales-y-laj-no-estan-exentas-irpf-32829
PREGUNTAS Y DUDAS FRECUENTES.
- ¿Se pueden solicitar dos becas para cuerpos diferentes aunque solo se conceda una?
> No, se tiene que optar por un cuerpo
- ¿Qué entra dentro de la memoria de actuación y cómo se justifica esa memoria?
> Entra una explicación sucinta de lo estudiado y realizado por el opositor en esos tres meses (descrito por el propio opositor) así como la tabla de relación de facturas que se aportan y se justifica firmando el documento con firma digital.
- ¿Pasa algo si te conceden la beca y no te presentas al test? ¿Te quitan la beca?
> La beca que estas disfrutando no te sería rescindida, pero si pretendes una renovación posterior, necesitarás ese certificado. Personalmente, yo me presentaría siempre porque es una experiencia que suma aunque no lleves mucho tiempo y con más razón si me han concedido beca; si tienes que desplazarte a otra ciudad, esos gastos se pueden aportar como justificante.
- ¿Cuánto se cobra?
> 8.000€ en un único pago; es decir, se dispone de esa cantidad desde el primer momento que hacen el ingreso. Como dije, daría un presupuesto mensual de 666,66€ como referencia.
- Mi preparador cobra en B, ¿no puedo solicitar la beca?
> Esta será la pregunta más recurrente pero, a diferencia de otros años, actualmente a la espera de más información del CEJ para el año 2024, es algo más dudosa de responder. Seguidamente las razones.
1. En ningún lugar desde el 2022, el CEJ a establecido obligación de cobro en A del preparador.
2. Las bases de 2024 establecen, textualmente, los siguiente: "se aportará trimestralmente documentación económica que justifique la actividad de preparación presentando al menos los justificantes de pago a las personas o centros de prepración. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o eficacia administrativa."
- Si acabas de empezar la opo, ¿tienes que presentarte a la siguiente convocatoria aunque lleves pocos meses?
> Considero que si deseas renovar la beca el año próximo, no me arriesgaría a no presentarme, dado que te van a exigir justificante de presentación y no lo tendrías y no podrías beneficiarte de la renovación de la beca.
- Si apruebo disfrutando de la beca o decido no seguir opositando, ¿tengo que hacer algo?
> Tendrías que iniciar el procedimiento de renuncia voluntaria de la beca poniéndote en contacto con el CEJ y siguiendo los pasos que te indican en su página web.
- ¿Es necesario justificar el importe integro?
> No.
- ¿Hay que justificar todo gasto que hagas con ese dinero?
> No, solo los relacionados con la oposición "que justifiquen la actividad de preparación".
- ¿Cómo es el pago?
> Una vez se te concede la beca, se terminan las renuncias dentro del plazo y se ajustan los beneficiarios definitivos, se hace el ingreso del importe completo en tu cuenta, normalmente sobre noviembre/diciembre.
- Si recibo beca, ¿ya no puedo trabajar?
> Sí se podría trabajar siempre y cuando no supere la media jornada. Aún así, recomendaría en cada caso hacer cuentas, ya que si por tu trabajo cambia el total de la renta familiar y por lo tanto del umbral, podría ocurrir que ya no seas beneficario el próximo año. También recordar como se dijo más arriba, que si la beca + tu trabajo supera los 15.000 euros en el año, deberás presentar declaración de la renta de forma obligatoria.
- ¿Se puede empezar con el preparador una vez recibes el dinero?
> Sí, pero asegúrate de que va a firmarte el certificado, sino, deberás encontrar a otro que quiera firmar y si no lo consigues, renunciar y devolver la beca.
- ¿Se devuelve el dinero restante al término de la beca si no se ha usado la cuantía completa en lo justificado?
> No. Conforme a lo experimentado en los dos años anteriores (2022 y 2023), a la finalización del año, NO solicitan ninguna devolución de excedente ni no justificado.
Caso distinto es a los que renuncian a la beca o, presentando todos los papeles para justificar un trimestre, les requieran subsanar y en ese plazo no se consiga, por lo que la persona (aunque no renuncie de forma voluntaria a la beca) no ha podido justificar válidamente los requisitos que se la requieren y debe devolver la parte proporcional del dinero hasta ese momento en el que ha dejado de cumplir los requisitos. ç
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